miércoles, 2 de noviembre de 2011

LA CRISIS ECONÓMICA HA LLEGADO TAMBIEN A LOS GASTOS FUNERARIOS


Que la actual crisis económica se refleja en todos los hábitos de consumo, es un hecho conocido; pero aún así resulta sorprendente hasta qué punto ha llegado a afectar al gasto que estamos dispuestos a afrontar frente a un hecho tan excepcional y dramático como lo es la muerte de nuestros seres queridos.

Sin embargo, en UCE hemos constatado cómo incluso en estas fechas de recuerdo a nuestros difuntos las familias contienen el gasto. E incluso más allá de fechas puntuales también frente al óbito se advierte una reducción en el gasto en coronas, recordatorios, ataúdes, esquelas, etc…

La Unión de Consumidores de Palencia, ha realizado en estos días un estudio que demuestra que los gastos medios de un funeral rondan entre los

1.500, y los 2.000 euros.

EL SEGUROS DE DECESOS

Este seguro, muy extendido en España garantiza al asegurado, a cambio de una prima anual, la prestación de los servicios funerarios contemplados en la póliza.

Dependiendo de los casos, y según la modalidad contratada, los servicios que se incluyen y que son a cargo de la compañía, suelen ser el arcón, el traslado desde la localidad donde se ha producido el fallecimiento hasta el lugar del cementerio, las coronas, la asistencia religiosa, las esquelas, la tramitación administrativa, y en algunos casos la incineración.

RECOMENDACIONES

Ante estos momentos difíciles, desde UCE, se realizan las siguientes recomendaciones.

SI DISPONIA DE SEGURO DE DECESOS EL FALLECIDO:

· Lea con detenimiento todos los detalles del seguro que tenía contratado su familiar y pida una relación exacta de lo que estaría incluido.

A veces los seguros de vida incluyen también seguro de defunción. Es recomendable comprobarlo.

· Si decide añadir algo o cambiar la categoría de alguno de los productos incluidos, pida presupuesto del gasto extra desglosado por conceptos.

Aunque sea difícil en un momento tan delicado, es importante no precipitarse a la hora de contratar extras con la funeraria.

· Exija que le entreguen todos los documentos acreditativos de la liquidación de gastos que la empresa funeraria ha gestionado con la compañía aseguradora,

así como la factura con los gastos extras que le ha supuesto el funeral.

EN TODOS LOS CASOS SE HA DE TENER EN CUENTA QUE:

Infórmese bien de los precios de todos los servicios que ofrece la funeraria.

La empresa está obligada a facilitar los precios ofertados, desglosando todas las

posibles tarifas.

También debe disponer de un catálogo con los servicios que presta, indicando las características y tarifas de los mismos.

Exija siempre un presupuesto por escrito de lo que le va a costar todo el servicio. Es muy importe que NO RENUNCIE AL PRESUPUESTO PREVIO, pues la elaboración del mismo no tiene coste.

Sepa que un funeral conlleva no solo comprar un ataúd o una urna para las cenizas, sino también: el alquiler de una sala en un tanatorio para velar al familiar, la elección del tipo de ataúd, nicho, lápida, sepultura, etc. y de las inscripciones correspondientes, de la publicación de las esquelas, de los recordatorios, la elección de las telas, o mortajas, la preparación del cuerpo, la climatización de la sala o el embalsamamiento, el alquiler de coches fúnebres y de taxis, la gestión de documentación; etc.

Es recomendable ser precavido con los ofrecimientos que los comerciales, o de cualquier otra persona que se encuentre cercana a nosotros en el momento del fallecimiento de nuestro ser querido. PUEDEN SER RECOMENDACIONES INTERESADAS.

Exija siempre que el servicio que le ofrezcan cumpla las condiciones higiénicas necesarias y que el trato sea el adecuado y se ajuste al respeto que merece el momento.

Si considera que el servicio no se ha realizado correctamente, presente una queja. La empresa está obligada a tener hojas de reclamaciones a disposición de los usuarios, y si no se las facilitan, se debe de solicitar la presencia de la policía local, para que le faciliten las mismas.

Infórmese en el Ayuntamiento bien sobre la caducidad de los alquileres de nichos y sepulturas y de si, pasado ese tiempo, debe desembolsar otra cantidad de dinero para seguir conservando los restos de su familiar en ese lugar.

En el caso de muerte no natural, sepa que la autopsia no debe pagarla usted, no siendo necesario, la contratación de la funeraria que haya iniciado las gestiones del traslado del cadáver a la clínica forense.

Existen servicios funerarios gratuitos de carácter social, para casos muy concretos, como la ausencia de familiares del difunto o la falta de recursos económicos de la familia. Puede informarse en su Ayuntamiento.

Si es necesario trasladar el cuerpo de una localidad a otra, aunque sea dentro de la provincia, le pueden cobrar ese concepto aparte por lo que nos debemos de informar de cuánto supone el gasto por kilometraje, exigiendo su inclusión en el presupuesto.

Al finalizar el servicio, pida una factura o recibo. La empresa está obligada a entregársela.

Y por último si tiene alguna duda o quiere que se le tramite una queja, acuda a

Cualquier oficina de la Unión de Consumidores, o a la OMIC de su respectivo

Ayuntamiento, o a los Servicios de Consumo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.